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[1] Video INCOTERMS
 
“El texto de los Incoterms en su totalidad o en parte, está sujeta a derechos de autor de la Corte Penal Internacional. El Derecho de autor se refiere a la introducción, los preámbulos, y la del vendedor y Obligaciones del Comprador. Otras publicaciones relacionadas con la CPI, en papel o en formato electrónico, también están sujetos a derechos de autor.”
[2]


Los International Commerce Terms se caracterizan por abreviaturas o siglas que indican su contenido, cada una de ellas facilita la interpretación de los términos comerciales más generales y usados en la práctica, así como las obligaciones de cada una de las partes en la compraventa internacional, de igual forma se expresan de manera clara y sencilla, siendo de esta forma más cercanos a los hechos. Brinda la posibilidad a las partes de agregar a los términos mínimos establecidos por los Incoterms otras obligaciones o modificaciones que adecúen el contrato a sus necesidades siempre y cuando no se desvirtúe el sentido de las cláusulas, ya que eso podría originar inseguridad jurídica en caso de litigio, conflicto que precisamente tratan de evitar los Incoterms, por lo que podemos afirmar que respeta la autonomía de las voluntades.

Estos 13 términos permiten determinar de acuerdo a su contenido, que será desarrollado posteriormente,  ciertos aspectos principales:
1.       El alcance del precio, razón por la cual se les denomina también cláusulas de precio.
2.     La entrega de la Mercancía: Donde se entrega la mercadería.
3.     Transferencia de riesgos: Momento y lugar en el que se produce la transferencia de riesgos respecto de la mercadería, del vendedor hacia el comprador. 
4.     Distribución de gastos: Quién contrata y paga el transporte y el seguro respectivamente.
5.     Trámites documentales: Qué documentos debe tramitar y costear cada una de las partes.
Estas funciones permiten que la gestión en el comercio internacional, se presente de manera más clara, estableciendo previamente las obligaciones de cada una de las partes, evitando así que, se generen problemas o conflictos referentes al riesgo, la responsabilidad y demás complicaciones legales, así como en lo relativo a la interpretación de los términos comerciales más usuales. Cabe resaltar que estos términos son de inclusión voluntaria, es decir, que las partes deciden si prefieren o no aceptarlos dentro del contrato internacional.
 
Con el fin de determinar la elección de la cláusula indicada se tienen en cuenta varios aspectos, tales como, la experiencia de los contratantes, el conocimiento sobre los medios de transporte que se van a utilizar, los puertos, los seguros, los tránsitos, el régimen aduanero en el lugar de destino, entre otros. En los Incoterms se tratan de manera principal ciertos aspectos del contrato de compraventa internacional, correspondientes a:[3]
 
1. La entrega: Hace referencia a la especificación del lugar y momento de entrega de la mercadería, de manera que este evento sea fácilmente evidenciable, evitando los casos de imposibilidad o dificultad en el cumplimiento. Desde el punto de vista del vendedor este extinguirá la obligación cuando cumpla con todos los actos necesarios que le competen para que la mercadería objeto del contrato se encuentre en disposición del comprador. Así mismo debe entregar la documentación pertinente que puede presentarse en otro momento.
 
2. Los riesgos: Estos pueden presentarse desde el instante en que se perfecciona el contrato hasta el momento de la entrega. Los Incoterms permiten establecer de manera clara el evento en el que los riesgos corren por cuenta del vendedor, y cuando recaen sobre el comprador. No obstante el tema del riesgo no haya sido tratado de manera expresa por las partes, los Incoterms ofrecen una solución al respecto.
 
3. Los gastos: La distribución de los gastos es un tema que se trata en los Incoterms. Desde el punto de vista del vendedor, es este quien debe suplir los gastos que origine la mercadería hasta el momento en que se verifique la entrega, de acuerdo a lo que estipula el contrato. En ciertas cláusulas sobre el vendedor recae el gasto de envío. En el caso en el que se desee atribuir más gastos al vendedor serán elementos accesorios a la operación de entrega.
 
4. Los documentos: Se refieren a aquella documentación necesaria para la exportación como las licencias, y para el despacho en el lugar de destino como los certificados de origen y las facturas consulares. Esta obligación en cuanto al vendedor varía dependiendo del término que se utilice. El comprador puede solicitar a su cuenta y riesgo que se le preste la ayuda necesaria para obtener los documentos requeridos en destino y el posible tráfico posterior de la mercadería.


imagen[4]

Los incoterms se agrupan en cuatro categorías:[5]
Grupo E: El vendedor en su planta o depósito pone a disposición del comprador la mercancía objeto del contrato. En este grupo se encuentran:
ŸEXW - Ex Works - En Fábrica
 
Grupo F: El comprador determina el medio de transporte por el que el vendedor entrega la mercadería (sin pago del transporte principal). Lo integran:
ŸFCA - Free Carrier - Franco Transportista
ŸFAS - Free Alongside Ship - Franco al Costado del Buque
ŸFOB - Free on Board - Franco a bordo
 
Grupo C: Está a cargo del vendedor contratar el transporte principal, pero no recae sobre él la responsabilidad sobre la mercadería después de ser cargada y despachada para la exportación. En este grupo encontramos:
ŸCFR - Cost and Freigth - Costo y Flete
ŸCIF - Costo, Insurance and Freigth - Costo, Seguro y Flete
ŸCPT - Carriage Paid To - Transporte Pagado Hasta
ŸCIP - Carriage and Insurance Paid To - Transporte y Seguro Pagado Hasta
 
Grupo D: El vendedor asume la responsabilidad sobre toda la mercadería hasta su destino. Este grupo lo integran las siguientes cláusulas:
ŸDAF - Delivered at Frontier - Entregada en Frontera
ŸDES - Delivered Ex Ship - Entregada sobre el Buque
ŸDEQ - Delivered Ex Quay - Entregada en muelle
ŸDDU - Delivered Duty Unpaid - Entregada Derechos no Pagados
ŸDDP - Delivered Duty Paid - Entregada Derechos Pagados
 
De acuerdo con el transporte te puede decir que existen unos términos más adecuados que otros. De esta manera para el transporte por vía marítima o fluvial:
ŸFAS - FOB
ŸCFR - CIF
ŸDES - DEQ
 
Para el resto de transportes, incluido el multimodal, pueden utilizarse las siguientes cláusulas:
ŸEXW
ŸFCA
ŸCPT - CIP
ŸDAF - DDU - DDP


A continuación procederemos al desarrollo de cada uno de los INCOTERMS. Los Incoterms son trilíteros y representan la abreviatura del término comercial en cuestión, dividiéndose así en cuatro grupos o familias, a partir de la letra inicial de la denominación (E,F,C,D). [6]
 

 

 
 
 
 [1] Obtenido en http://www.youtube.com/watch?v=Jg6FsavH4Wg. Revisado el 1 de Abril de 2009
 [2] Obtenido en =http://www.iccwbo.org/Incoterms/&ei=KZXOSYqILZSQmQe60_WjCA&sa=X&oi=translate&renum=13&ct=result&prev=/search%3Fq%3DIncoterms%3Des%26sa%3DG. Revisado el 31 de Marzo de 2009

[3] Op. cit.  http://www.sicex.com/contenido.php?ac=304&menu=63. Revisado el 31 de Marzo del 2008

[4] Ibid.

[5] Caro, Rafael. “INCOTERMS”. Presentación de Power Point. 2008 [en línea]. <http://www.scribd.com/doc/2447867/INCOTERMS>. Revisado el 29 de Marzo de 2009

[6]  Op. cit.  http://www.sicex.com/contenido.php?ac=304&menu=63. Revisado el 31 de Marzo del 2008

[7]   Caro, Rafael. “INCOTERMS”. Presentación de Power Point. 2008 [en línea]. <http://www.scribd.com/doc/2447867/INCOTERMS>. Revisado el 29 de Marzo de 2009








Términos de Comercio Internacional
INCOTERMS




Catalina Caballero Becerra
Carolina Rodríguez Fernández
Luisa Fernanda Salazar Chávarro


Presentado A:
Edgar Iván León Robayo




Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario
Facultad de Jurisprudencia
Tercer Semestre
Derecho Civil Bienes
2 De Abril de 2009










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